¿Está este derecho recogido en los Objetivos de Desarrollo Sostenible?
Durante las negociaciones sobre los Objetivos del Desarrollo sostenible de la Agenda 2030 se decidió eliminar cualquier referencia explícita al derecho humano a una alimentación adecuada.
En el artículo El derecho humano a la alimentación adecuada en la Agenda de los Objetivos de Desarrollo Sostenible José María Medina y Mª Luz Ortega Carpio analizan si estos objetivos pueden ser útiles para avanzar en la realización de este derecho. E identifican qué metas de la Agenda 2030 pueden tener una incidencia en este derecho desde el punto de vista de la sostenibilidad social, económica y medioambiental.
La complejidad de las negociaciones en Naciones Unidas para buscar el consenso junto con la resistencia de algunos gobiernos a reconocer la alimentación como derecho humano, supuso que no se incluyera de forma explícita.A pesar de esto debemos recordar que a día de hoy 163 Estados han ratificado el ‘Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales’ (PIDESC, UNGA, 1966) y por lo tanto la alimentación es un derecho humano respecto al cual cada Estado tiene obligaciones que cumplir.
El derecho humano a la alimentación tiene una especial importancia desde el punto de vista de la sostenibilidad social además de un componente ético. Las sociedades en las que un porcentaje de la población no tiene acceso regular a la alimentación adecuada se van haciendo cada vez menos sostenibles y esto se traduce en un deterioro de la situación social.
La Agenda 2030 incorpora la lucha contra el hambre como uno de los retos fundamentales a los que hay que hacer frente (ODS2). Y al menos 32 de las 169 metas de los ODS pueden tener una incidencia significativa en las posibilidades de realización del derecho humano a la alimentación, tanto desde el punto de vista económico como ecológico y social.
La lucha contra el hambre es tan relevante dentro de la Agenda que otras metas y objetivos estarán afectados si no se cumplen las metas de erradicación del hambre.
Los autores de este análisis concluyen que cumplir el derecho humano a la alimentación encaja con el carácter integrado y relacional que tienen los ODS. Por ello aunque no esté mencionado de forma explícita, la Agenda es una base de trabajo para los actores comprometidos en la realización de este derecho, sobre todo para la sociedad civil que puede incidir en metas de tipo económico, social y medioambiental.