ClientEarth analiza la orientación que debería tener este marco normativo en Europa
El sistema alimentario de la UE es uno de los principales contribuyentes al cambio climático, la pérdida de biodiversidad, la degradación ambiental y la contaminación. También tiene graves impactos negativos en nuestra salud y es una causa de desigualdades crecientes. Ante la evidencia de estos fracasos, la Comisión Europea anunció en 2020 que presentará una propuesta de marco legislativo que guiará la transición de la UE hacia un sistema alimentario sostenible, una iniciativa que, según la web de la Comisión Europea, será adoptada por la Comisión antes de final de 2023. La visión y las herramientas que establecerá la nueva ley serán factores determinantes para la capacidad de la UE de desarrollar su resiliencia frente al empeoramiento de las crisis climática y de biodiversidad.
Un informe breve publicado por ClientEarth, aborda la orientación que debería tener el proyecto de marco normativo para un sistema alimentario sostenible en Europa. El informe destaca la importancia de enmarcar adecuadamente la visión de la UE de la futura ley marco sobre el sistema alimentario sostenible: debe garantizar una transformación hacia un sistema alimentario sostenible que garantice el acceso a alimentos saludables y nutritivos para las generaciones presentes y futuras. La Comisión Europea no puede ceder en la ambición de alejarse de los modelos intensivos que caracterizan el sistema alimentario actual.
La Comisión Europea debe seguir adelante con su propuesta y publicarla en septiembre de 2023; no hay mejor momento.
Este informe también proporciona soluciones en forma de herramientas prácticas que pueden garantizar mejor la rápida implementación de un sistema alimentario sostenible de la UE sobre el terreno: subraya las características esenciales que la ley debería incorporar (sección I); requisitos para involucrar a actores clave a lo largo de la cadena de valor de los alimentos en la transición a la sostenibilidad (sección II); condiciones necesarias para el éxito de la contratación pública obligatoria de alimentos sostenibles (sección III); y detalla los mecanismos para garantizar que el público esté empoderado para mejorar la aplicación de la nueva ley (sección IV).